La norma, publicada en el Diario Oficial tras superar el filtro del Consejo Constitucional, exige enfermedad grave e incurable en fase terminal y un proceso de evaluación médica con periodo de reflexión.
Emmanuel Macron promulgó este miércoles 19 de agosto la ley que legaliza la eutanasia y el suicidio asistido en Francia, tras su publicación en el Diario Oficial, trámite indispensable para que la norma entre en vigor. El texto crea un derecho a la «ayuda a morir», que debe ejercer la propia persona interesada o, excepcionalmente, si está físicamente incapacitada, un médico o enfermero. Con esta norma, Francia se suma a países como España, Bélgica o Países Bajos en el reconocimiento de este derecho.
La ley llegó a este punto tras un largo recorrido institucional. La Asamblea Nacional la aprobó de forma definitiva el 15 de julio, lo que cerró el procedimiento parlamentario, y posteriormente el Consejo Constitucional la validó el viernes de la semana anterior a su promulgación, aunque emitió algunas reservas sobre su contenido. Solo después de superar ambos filtros pudo procederse a la promulgación y publicación oficial del texto.
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Para poder ejercer este derecho, la norma exige cumplir una serie de condiciones estrictas. En primer lugar, hay que ser mayor de edad y tener la nacionalidad francesa o residir en Francia. Asimismo, la ley está reservada a quienes «sufran enfermedades graves e incurables, cuyo pronóstico vital debe estar comprometido en fase avanzada o terminal, con un proceso irreversible de deterioro de la salud y de la calidad de vida». Además, debe existir un sufrimiento físico o psicológico derivado de la enfermedad que no pueda ser aliviado o que el paciente considere insoportable tras haber decidido rechazar o detener un tratamiento. Sin embargo, el sufrimiento puramente psicológico, sin patología física grave subyacente, no da acceso a este derecho.
El procedimiento, por su parte, contempla varios pasos formales antes de que la ayuda a morir pueda materializarse. El solicitante debe tener plena capacidad de discernimiento y ser apto para manifestar su voluntad de forma libre y consciente en el momento de la petición, que ha de dirigirse a un médico o enfermero y formalizarse por escrito para ser sometida a una evaluación colegiada. A partir de ahí, el sanitario dispone de un plazo de 15 días para dar una respuesta motivada y, si esta es favorable, el paciente debe confirmar su decisión tras un periodo mínimo de reflexión de dos días.




