El Consejo de Seguridad de la ONU es el organismo internacional más importante del mundo. Sus miembros permanentes tienen la capacidad de decidir e influir en las diferentes decisiones multilaterales. Descubre quiénes forman parte, sus funciones, sus poderes y los desafíos a los que se enfrenta.
El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas es la máxima autoridad en materia de paz y seguridad internacional. Constituye, por lo tanto, el único órgano de la ONU cuyas decisiones son jurídicamente vinculantes para todos los Estados miembros. Desde su creación en 1945, este organismo ha sido el epicentro de las decisiones más trascendentales para la estabilidad mundial, aunque también objeto de grandes debates y críticas sobre su legitimidad y representatividad en el orden geopolítico contemporáneo.
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La arquitectura institucional del Consejo refleja el equilibrio de poder surgido tras la Segunda Guerra Mundial, otorgando a los vencedores del conflicto un estatus permanente con capacidades de veto que les han permitido moldear la política internacional durante más de siete décadas. No obstante, las grandes transformaciones geopolíticas experimentadas desde entonces han puesto en entredicho la legitimidad de esta estructura, generando un clamor hacia diferentes reformas que reflejen las nuevas realidades del poder mundial.
Historia y fundación
El Consejo de Seguridad nace como respuesta directa a los fracasos de la Sociedad de Naciones y los horrores de la Segunda Guerra Mundial. Las conversaciones se iniciaron en 1944 en la Conferencia de Dumbarton Oaks, donde Estados Unidos, Reino Unido, la Unión Soviética y China sentaron las bases conceptuales de lo que sería el nuevo orden internacional.
Posteriormente, la Conferencia de San Francisco de 1945 marcó el momento definitivo en la creación del Consejo, cuando representantes de 50 países redactaron y firmaron la Carta de las Naciones Unidas el 26 de junio de 1945. El organismo celebró su primera sesión el 17 de enero de 1946 en Church House, Londres, iniciando así una historia que ha atravesado desde la Guerra Fría hasta los conflictos contemporáneos.
La decisión de otorgar el derecho de veto a los cinco miembros permanentes no fue casualidad, sino el resultado de grandes negociaciones en las conferencias de Dumbarton Oaks y Yalta. Este mecanismo, heredado conceptualmente de la Sociedad de Naciones, pero con una aplicación más restrictiva, buscaba garantizar que las principales potencias mantuvieran un rol protagonista en el sistema internacional de forma duradera.
Composición y estructura
El Consejo de Seguridad está compuesto por quince miembros, divididos en dos categorías distintas que reflejan los diferentes niveles de poder e influencia en el sistema internacional. Por un lado, están los cinco miembros permanentes, que son Estados Unidos, Reino Unido, Francia, Rusia y China. Estos países poseen el derecho de veto, que les permite bloquear cualquier resolución, independientemente del nivel de apoyo internacional que esta tenga. Este privilegio les convierte en actores con capacidad de facto para determinar la agenda global de seguridad.

Por otro lado, están los diez miembros no permanentes elegidos por la Asamblea General de las Naciones Unidas por periodos de dos años. Estos miembros siguen una distribución geográfica específica que busca garantizar una representación en todas las regiones del mundo. La distribución actual contempla cinco asientos para África y Asia, dos para América Latina o el Caribe, uno para Europa Oriental, y dos para Europa Occidental y otros Estados. Esta doble estructura ha sufrido debates sobre si es la mejor opción para la representatividad y legitimidad democrática en el mundo.
Funciones y poderes
El mandato del Consejo de Seguridad, establecido en la Carta de las Naciones Unidas, abarca un amplio espectro de responsabilidades que van desde la prevención de conflictos hasta la autorización del uso de la fuerza. Su responsabilidad primordial consiste en mantener la paz y la seguridad internacionales, actuando en nombre de todos los Estados miembros de la ONU.
Las funciones del Consejo se pueden categorizar en dos grandes ámbitos según los capítulos VI y VII de la Carta. En el marco del Capítulo VI, el organismo puede investigar polémicas o debates, recomendar métodos de solución pacífica y promover la solución de disputas internacionales. Estas medidas, aunque no vinculantes, poseen un considerable peso político y diplomático.
El Capítulo VII otorga al Consejo poderes coercitivos extraordinarios cuando determina la existencia de amenazas a la paz, quebrantamientos de la paz o actos de agresión. En estos casos, puede imponer sanciones económicas, embargos comerciales, restricciones diplomáticas y, como último recurso, autorizar el uso de la fuerza militar.
Las operaciones de mantenimiento de la paz representan una de las manifestaciones más visibles del trabajo del Consejo, con multitud de misiones desplegadas desde 1948. Estas operaciones han evolucionado desde simples misiones de observación hasta complejas intervenciones multidisciplinarias que incluyen componentes civiles, policiales y militares.
El poder de veto: un instrumento de influencia
El derecho de veto constituye el mecanismo más controvertido y poderoso del sistema de seguridad internacional, permitiendo a cualquiera de los cinco miembros permanentes bloquear resoluciones sustantivas independientemente del apoyo mayoritario. Este instrumento se ha utilizado de manera desigual por los cinco a lo largo de la historia para responder a sus intereses.
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Por ejemplo, las estadísticas históricas muestran que desde 1946 hasta 2024, la Unión Soviética y posteriormente Rusia han ejercido este derecho en aproximadamente 143 ocasiones. Por su parte, Estados Unidos en 82, Reino Unido en 29, China en 17 y Francia en 16. Estas diferencias se basan tanto en las prioridades geopolíticas de cada potencia como en los contextos históricos específicos en los que operaron.
Procedimientos y métodos de trabajo
Las actividades y metodologías del Consejo de Seguridad se centran en varios pilares. En primer lugar, la presidencia rotatoria es mensual y sigue el orden alfabético en inglés de los nombres de los Estados miembros. Esto les permite que diferentes países gestionen, establezcan las prioridades y coordinen las actividades del órgano.
En segundo lugar, los procesos de votación distinguen entre las resoluciones sustantivas y de procedimiento, estableciendo diferentes umbrales para su aprobación. Las resoluciones sustantivas requieren de nueve votos afirmativos de los quince miembros y la ausencia de vetos por parte de los miembros permanentes. En cambio, las resoluciones de procedimiento solo necesitan nueve votos afirmativos, sin posibilidad de veto.
Asimismo, el Consejo de Seguridad opera de manera continua, y tiene la capacidad para reunirse en cualquier momento ante situaciones de crisis. Durante sus encuentros, resoluciones y declaraciones demuestra tanto su actividad como, en muchos casos, su ineficacia debido a los bloqueos de veto de los cinco miembros permanentes.
En último lugar, las reuniones del organismo pueden ser públicas o privadas, dependiendo de la naturaleza de los temas tratados. Las sesiones públicas permiten la participación de países no miembros cuando se discuten asuntos que les afectan directamente, mientras que las consultaciones privadas facilitan negociaciones más francas entre los miembros.
Desafíos del Consejo de Seguridad
En la actualidad, el organismo enfrenta una crisis de legitimidad sin precedentes, derivada de su incapacidad para responder eficazmente a conflictos contemporáneos y su composición que no refleja las realidades geopolíticas actuales. Esto se basa en algunos vetos que responden más a intereses nacionales del país que del interés común.
Por ejemplo, durante los conflictos en Siria, Ucrania, Gaza y otras regiones se han expuesto las limitaciones estructurales del sistema. La guerra en Ucrania, iniciada en 2022, representa un caso paradigmático de estas limitaciones, donde Rusia, como miembro permanente, ha bloqueado sistemáticamente resoluciones relacionadas con su propia agresión. De igual modo, sucede con los sucesivos vetos estadounidenses en Gaza a favor de Israel.
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Esta situación ha llevado a un mayor protagonismo de la Asamblea General y otros mecanismos alternativos de respuesta internacional. De igual manera, también han aumentado las peticiones de reforma de este sistema. Entre las soluciones, se encuentran la ampliación del número de miembros permanentes o una mayor representación de países de África o América Latina.
No obstante, el debate sobre la reforma del veto se ha vuelto central, y ya existen propuestas que piden desde su eliminación total hasta su limitación en determinados casos. Además, algunas iniciativas proponen requerir el consenso de múltiples miembros permanentes para ejercer el veto o establecer mecanismos de «veto suspensivo» que permitan revisar decisiones bloqueadas.
Sin embargo, cualquier reforma fundamental requiere la modificación de la Carta de las Naciones Unidas, proceso que necesita el apoyo de dos tercios de la Asamblea General y la ratificación de todos los miembros permanentes del Consejo, algo que probablemente no sucederá. Y esta paradoja institucional hace que quienes se benefician del sistema actual tengan el poder de bloquear cambios, perpetuando el status quo de forma permanente.
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