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¿Hacia una regulación de la actividad de los criminólogos en España?

Análisis

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Contenido creado por el Equipo de Redacción de LISA News con el apoyo del equipo docente de LISA Institute.

La criminología es una disciplina científica moderna y, por tanto, aún le falta recorrido en cuanto al reconocimiento por parte de la sociedad y de las instituciones. De esta manera, la Comisión Intercolegial de la Criminología Española ha presentado un Proyecto de Ley para regular el ejercicio de la profesión del Criminólogo/a.

La Criminología es una disciplina científica que abarca la criminalidad de forma multidisciplinar abordándola desde una perspectiva del derecho, psicológica, médica, sociológica, antropológica y política. Para ello, los criminólogos estudian y analizan la delincuencia como fenómeno, el delito como hecho, al delincuente y a la víctima como actores relevantes y a los medios de control social formal e informal como método de influir en la delincuencia y sus actores.

La profesión de Criminólogo/a, además, desarrolla los aspectos preventivos de la conducta delictiva, de la conducta antisocial, de la Victimología y de los problemas de convivencia a través del análisis en profundidad de los fenómenos y problemas sociales vinculados con la delincuencia y la convivencia, incluidas las del ámbito escolar.

Esta labor preventiva se desarrolla en todos los ámbitos del control social formal: operadores policiales, jurídicos, penitenciarios y de justicia de menores. También en el control social informal, como pueden ser entidades locales, comunidades, centros educativos o empresas. En todos ellos la Criminología aporta y enriquece los conocimientos y soluciones prácticas.

En España, un total de 38 universidades imparten esta formación y son 12.000 alumnos en total los que acaban este grado al año y «sin un futuro despejado a la vista» según relata el Colegio de Criminólogos de Madrid.

«Parece que no quieren avanzar en lograr una sociedad moderna, en la línea con el resto de la Unión Europea, donde los criminólogos ejercen una papel cada vez más preponderante en la prevención del delito en ámbito público y privado, en el tratamiento penitenciario y en la esfera de la responsabilidad penal de los menores, entre otros muchos campos que abarca esta Ciencia”, ha subrayado Carmen Balfagón, decana del Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid y vicepresidenta de la Comisión Intercolegial, en una intervención para el canal de televisión Distrito TV.

La vicepresidenta de la Comisión Interprofesional ha querido hacer hincapié en que ve “incomprensible” que apenas se realicen estudios en las prisiones para averiguar las razones que llevaron a los presos de crímenes machistas o de otro tipo a cometerlos –otra de las funciones de los criminólogos–. Por su parte, ha hecho un llamamiento a las Instituciones Penitenciarias que los estudios que existan se expongan al debate y conocimiento de los profesionales implicados en esta execrable violencia.

La legislación de la Criminología

En 2003 un Real Decreto estableció el Título de Licenciado en Criminología y en 2010 el Título de Graduado. Sin embargo, la profesión no goza de la correspondiente regulación donde se señalen, entre otros aspectos, el título universitario que habilita para su ejercicio y la normativa vigente al respecto.

Según ha indicado el Colegio de Criminólogos de Madrid, esta nueva iniciativa parlamentaria pretende regular que los criminólogos podrán ejercer su actividad en investigación científica y la docencia, en el ámbito de su formación y/o especialización; en el apoyo, como asesores a las autoridades judiciales en la fase de Instrucción cuando dichas autoridades judiciales lo soliciten; en calidad de peritos en la fase de juicio oral; o en los equipos técnicos de Instituciones Penitenciarias, para contribuir a la constitucional labor de reinserción.

También podrán ejercer en las Oficinas de Atención a Víctimas como profesionales especialistas en Victimología; en los equipos de mediación; en calidad de agentes de libertad vigilada; en los equipos técnicos adscritos a los Juzgados de Menores con ejecución de medidas judiciales para que, junto con el resto de profesionales implicados; en las plantillas de los Centros de Ejecución de medidas judiciales; en los ámbitos empresariales de seguridad y ciberdelincuencia; o colaborando con los profesionales responsables de la educación, en la prevención y/o erradicación de conductas violentas en las aulas; en las oficinas de delitos de odio; y en las FCSE como asesores externos para la investigación criminal.

El Proyecto de Ley determina que el ejercicio de las funciones de criminólogo con carácter profesional corresponde a las personas que ostenten el título universitario de Licenciado/Graduado en Criminología. Se pretende que este requisito sea vinculante para los sectores públicos, privados, sociales y cualquier otro que realicen la contratación de un criminólogo, con el fin de conseguir erradicar la injerencia profesional en este colectivo.

En la normativa que la Comisión Intercolegial de la Criminología Española exige, se incluyen también las modalidades de ejercicio de la profesión, tanto en el ámbito privado como público, y el correspondiente apartado sobre Ética Profesional y Régimen Disciplinario, que deberá ser regulado por el Gobierno.

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1 comentario

  1. Hola, buen día, muchas de las veces, la población civil, es testigo de de acontecimientos trágicos y quienes son sospechosos de dichos sucesos pero, dos factores los detienen para no hablar; primero, por miedo a sufrir un daño por parte de los autores del suceso y, en segundo, por no ser escuchados por autoridades al «invocar esa Luz responsable de la verdad», por eso mejor deciden, quedarse callados, muchas gracias.

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