La invasión de Panamá en 1989 por parte de Estados Unidos no solo puso en jaque el orden geopolítico de la región, sino que dejó interrogantes sobre los verdaderos límites del poder internacional. Aunque se justificó bajo argumentos como combatir el narcotráfico y garantizar la estabilidad del Canal, las consecuencias sociales y legales generaron un intenso debate global. Salvador Iborra, alumno becado del Máster Profesional de Analista Internacional y Geopolítico de LISA Institute, profundiza en las razones, impactos y controversias de este evento clave para la historia contemporánea.
Estados Unidos, desde la Segunda Guerra Mundial, se ha erigido ante el mundo como el líder del orden internacional basado en reglas. Este ha sido uno de los factores que ha empujado a la Administración Biden a apoyar enormemente a Ucrania. Pero ¿han cumplido ellos mismos siempre dichas reglas? Hoy analizamos el caso de la invasión de Panamá.
Importancia geoestratégica de Panamá: el Canal de Panamá
«Algunas personas han hablado de excavar este terreno de seis leguas y unir un mar con el otro […]. Eso sería inundar la tierra porque un mar está más bajo que el otro» .Con esta frase describe José de Acosta, científico jesuita, la dificultad geográfica que acarrea la construcción de un paso artificial entre el océano Atlántico y el Pacífico.
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La importancia geoestratégica del istmo de Panamá se remonta a la etapa virreinal española, en el siglo XVI, cuando la Corona española trataba de conectar el Pacífico y el Mar Caribe. Para ello se impulsaron durante cuatro siglos, hasta el siglo XIX, dos rutas comerciales: el Camino Real y el Camino de Cruces (esta, multimodal).
Felipe II no autorizó el proyecto de canal por diversas razones: los informes técnicos lo mostraban impracticable, la advertencia del Consejo de Indias de que dicho proyecto pondría en peligro la supremacía española en América, la utilización de dicho canal por otras potencias y los insuficientes medios tecnológicos de la época.
El proyecto del canal cobraría importancia de nuevo en el siglo XIX.
La construcción del Canal de Panamá
En 1878, Colombia concede la concesión exclusiva para la ejecución y explotación del canal al ingeniero francés Lucien Napoleón Bonaparte Wyse. El proyecto comienza de manera firme: Ferdinand de Lesseps, director de las obras del exitoso canal de Suez, aprovecha su reputación y consigue reunir el apoyo del Gobierno francés y de más de cien mil franceses que financian la obra a través de la compra de bonos estatales.
La Compañía Universal del Canal Interoceánico, fundada para este proyecto, comienza su construcción en 1882, pero el ánimo inicial llevaría a un callejón sin salida: en solo siete años llegó a estar en bancarrota.
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El proyecto fracasó enormemente por una variedad de razones: enfermedades causaron la muerte de cientos de trabajadores, se robaron fondos de la compañía, así como la existencia de numerosos errores técnicos y de ingeniería. Estados Unidos, que miraba de reojo este proyecto por su tentativa de construir un canal en Nicaragua, vio una oportunidad.
Con la llegada a la presidencia de Theodore Roosevelt en 1901, la pretensión de construir un canal interoceánico en Centroamérica virará hacia Panamá. La Spooner Act del 28 de junio de 1902 autorizará al presidente a la compra de la compañía Nouvelle du Canal de Panamá (surgida a partir de la quiebra de la última) por un precio reducido de 40 millones de dólares.
Panamá es un Estado que nace a partir de un Canal
Panamá nace como Estado en 1903. Estados Unidos y Colombia, a través del Tratado Hay-Bunau Varilla, establecen el dominio estadounidense sobre la llamada Zona del Canal de Panamá. No obstante, Bogotá retrasaría la ratificación del tratado todo lo posible con el fin de conseguir aún más ventajas.
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Es entonces cuando Estados Unidos, reacio a conceder, alienta una secesión panameña liderada por su burguesía local, a la que el Canal le despertaba grandes simpatías para revitalizar la región. Estados Unidos, a través de la ‘diplomacia de cañonero’, utiliza el cañonero USS Nashville para impedir cualquier intento colombiano de restituir el orden.
A partir de este momento, el curso histórico de Panamá quedará ligado inevitablemente a la política estadounidense.
Influencia estadounidense en Panamá: ¿por qué se produce la invasión?
El Canal de Panamá se convertirá en un elemento sensible para la geopolítica estadounidense, pues le permitirá extender su influencia mundial tanto en el Atlántico como en el Pacífico. Desde que Alfred Mahan, estratega naval estadounidense, estableciese que la supremacía mundial se logra principalmente a partir del poderío naval a principios del siglo XX, Estados Unidos jamás descuidarían esta cuestión.
Una de las acciones que más problemáticas generó fue la de ostentar el control directo del Canal a partir de la denominada Zona del Canal de Panamá. Este territorio, bajo soberanía exclusivamente estadounidense, fragmentaba el país en dos partes. Es por ello que, muchos panameños, sobre todo a partir de la Segunda Guerra Mundial, comenzaron a elevar su descontento por este status quo.
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Toda esta escalada acabaría culminando en el Día de los Mártires. En esta jornada de 1964 se producen una serie de disturbios estudiantiles en dicha Zona, que acaban con el asesinato de más de veinte panameños y con el fin de las relaciones diplomáticas entre ambos países por orden del presidente panameño Chiari.
Esta decisión fuerza al presidente Jimmy Carter a renegociar las condiciones del Canal en el Tratado Torrijos-Carter en 1977. Este nuevo acuerdo, que sustituye al anterior, supone la renuncia norteamericana a la antigua Zona del Canal y la transferencia del control del Canal en 1999. Ahora bien, sus bases militares permanecen, así como la posibilidad, bajo cláusula de poder intervenir militarmente si la neutralidad del Canal quedara amenazada.
Un nuevo status quo impredecible
Las relaciones volverían a torcerse en 1989 con la invasión de Panamá. Tras décadas de colaboración con la CIA en las sombras, el general Manuel Noriega, que se convirtió en líder de facto de Panamá tras la muerte de Torrijos en 1981, comenzó a ser un socio incómodo para Washington. Su conexión con otros servicios de inteligencia, sus acusaciones judiciales en Florida por tráfico de drogas y la manipulación constante de elecciones celebradas en Panamá llevaron a que voces dentro del Pentágono pidieran una invasión.
El detonante final se produjo por dos hechos: el asesinato de un oficial estadounidense y la declaración de estado de guerra por la Asamblea de Panamá, tras la imposición de sanciones al país por Estados Unidos. La Operación Causa Justa no tardó más de 42 días en completarse.
Se llevaron a cabo ataques a instalaciones políticas y militares, anulando cualquier respuesta posible de las fuerzas armadas panameñas, así como aeropuertos. No obstante, también se cobraron cientos de vidas civiles al ser golpeados barrios de la capital y de Colón. En lo que a Noriega respecta, este fue capturado y llevado a Estados Unidos, donde fue enjuiciado por narcotráfico y condenado a cuarenta años de prisión.
Causa justa, pero ¿legal?
Para finalizar, estudiaremos si dicha operación militar se ajustó a la legalidad internacional a través de una serie de preguntas:
- ¿Qué fue la invasión de 1989 según el Derecho Internacional?
Según el Derecho Internacional, la utilización de la fuerza armada solo cabe en dos casos: legítima defensa (art. 51 Carta de Naciones Unidas) o a través de autorización expresa del Consejo de Seguridad de la ONU (art. 42). En este caso, y sin encajar en ninguno de los dos casos mencionados, Estados Unidos incumple el artículo 3 de la Resolución 3314 de la Asamblea General de la ONU al llevar a cabo una invasión del territorio de Panamá. Se trata, por tanto, de una agresión ilegal.
- ¿No existía una cláusula en el Tratado Torrijos-Carter por el que se reservaba el derecho a intervenir militarmente?
El artículo 103 de la Carta de las Naciones Unidas es claro en lo referente al conflicto de normas: si un Estado tiene unas obligaciones contraídas en un tratado que son contrarias a las de la Carta, prevalecen las obligaciones de esta última. Y, como bien hemos señalado, este ataque no encaja en sus presupuestos legales.
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- ¿La declaración de Guerra de la Asamblea de Panamá no permite el ejercicio de la legítima defensa por Estados Unidos?
Aunque pudiésemos tomar dicha declaración como válida, es complicada porque estas carecen de valor jurídico desde 1945 y la realidad es que el ataque no encaja en dicha figura jurídica: no cumple con los requisitos de necesidad, proporcionalidad e inmediatez del derecho internacional consuetudinario.
- ¿Podría justificarse la invasión en la figura jurídica de la Responsabilidad de Proteger (R2P)?
La autoridad para emplear el uso de fuerza bajo el marco de la R2P descansa exclusivamente en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (Resolución de la Asamblea General adoptada en 2005 con ocasión de la Cumbre Mundial de ese mismo año). Adicionalmente, Estados Unidos no justificó un riesgo concreto de genocidio, crímenes de guerra o de lesa humanidad o limpieza étnica contra la población norteamericana en Panamá.
- ¿Se cometieron violaciones al derecho internacional humanitario y a los derechos humanos durante la invasión?
El Informe 121/18 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con ocasión del caso José Isabel Salas Galindo y Otros vs. EE. UU., establece en su página 90, con base en determinaciones de hecho y de derecho, la responsabilidad de Estados Unidos por la violación de numerosos derechos recogidos en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
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